Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/261832
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261832
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Segunda Parte; Pág. 44
IMPRUDENCIA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Segunda Parte; Pág. 44
Los delitos culposos no se califican únicamente por el resultado, sino que debe probarse el elemento subjetivo del ilícito.
Precedentes
Amparo directo 435/60. Francisco Hinter Holtzer. 20 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.