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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261834
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Segunda Parte; Pág. 44
INCONSCIENCIA COMO EXCLUYENTE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Segunda Parte; Pág. 44
Para que proceda en derecho reconocer que el acusado obró, al cometer la infracción, en estado de inconsciencia de sus actos originado por un trastorno mental de carácter patológico y transitorio, debe probarse tal circunstancia, preferentemente por dictamen pericial.
Precedentes
Amparo directo 180/60. Pablo Palomares Lejarza. 20 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.