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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261838
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Segunda Parte; Pág. 48
MENORES, VALOR DE SU DICHO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Segunda Parte; Pág. 48
La sola edad de una niña no es motivo para negar valor probatorio a su dicho, si los hechos que narra están al alcance de una inteligencia propia de su edad y la forma en que los expone, revela espontaneidad y sencillez.
Precedentes
Amparo directo 244/60. Ramiro Mora Ledezma. 28 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.