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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261849
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Segunda Parte; Pág. 60
REINCIDENCIA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Segunda Parte; Pág. 60
Es inexacto que el reo sea reincidente, si de los autos originales del proceso existe informe en el sentido de que habiendo sido procesado por el delito de robo, se dictó sentencia absolutoria a su favor y está pendiente de resolver en segunda instancia; circunstancia que no puede fundar la consideración anotada de tenerlo como reincidente.
Precedentes
Amparo directo 7129/59. Jesús Chávez Angel. 4 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.