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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261853
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Segunda Parte; Pág. 67
ROBO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIV, Segunda Parte; Pág. 67
Quien se apodera de alguna cosa ajena, mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que podía disponer de la misma con arreglo a la ley, comente el delito de robo, y aun cuando del acta de la Policía Judicial se advierta que se ignora quienes fueron sus legítimos dueños, tal circunstancia resulta irrelevante.
Precedentes
Amparo directo 6904/59. Eulalio Carrizales Pinales. 20 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.