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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261904
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Segunda Parte; Pág. 42
FALSIFICACION DE DOCUMENTOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Segunda Parte; Pág. 42
Demostrado que el reo arrancó las hojas de un libro del Registro Civil y las hizo desaparecer, y que confeccionó un acta haciendo aparecer en ella a una persona como hijo natural de otra, con el consiguiente perjuicio para los legítimos herederos de ésta, tal conducta es constitutiva del delito de falsificación de documentos y determina la culpabilidad del reo.
Precedentes
Amparo directo 3079/59. Esteban Cortés Pérez. 24 de marzo de 1960. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.