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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261952
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Segunda Parte; Pág. 94
RESPONSABILIDAD PENAL. COACCION.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Segunda Parte; Pág. 94
Si la acusada sostiene que la jurisdicción represiva se desentendió de la circunstancia de que el apoderamiento lo hizo coaccionada por su amante, debe decirse que es evidente lo infundado del concepto de violación, si realizó el apoderamiento para conservar el cariño de su amante, circunstancia que, lejos de favorecerla, la perjudica.
Precedentes
Amparo directo 6345/59. Francisca Gutiérrez Crespo. 24 de marzo de 1960. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.