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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261973
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Segunda Parte; Pág. 109
VEHICULOS. IMPRUDENCIA DE LA VICTIMA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Segunda Parte; Pág. 109
En el supuesto de que hubiese imprudencia de la víctima, ello no excluye forzosamente la del acusado, quién sólo podría quedar relevado cuando la causa imprudencial del pasivo fuese la única determinante del accidente.
Precedentes
Amparo directo 7355/59. Enrique Tapia López. 23 de marzo de 1960. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.