Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/261976
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 261976
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Segunda Parte; Pág. 110
VIOLACION EN GRADO DE TENTATIVA (LEGISLACION DE SONORA).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIII, Segunda Parte; Pág. 110
En delitos de esta índole la declaración de la ofendida, corroborada por un testigo presencial, es suficiente para tener por comprobada la existencia del delito de tentativa de violación, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10, 63 y 214 del Código Penal del Estado.
Precedentes
Amparo directo 3785/59. Camilo López Sabori. 9 de marzo de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.