Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/262012
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262012
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Segunda Parte; Pág. 52
ERROR EN EL GOLPE (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Segunda Parte; Pág. 52
Si el acusado marró el tiro dirigido a la persona con quien contendía, y tocó a otro de los presentes, es indubitable que por error en el golpe también ameritó represión por delito intencional (artículo 7o. del Código Penal).
Precedentes
Amparo directo 5848/59. Melitón Gómez Moya. 10 de febrero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.