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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262028
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Segunda Parte; Pág. 75
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Segunda Parte; Pág. 75
Atendiendo a la extrema pobreza de los acusados, a que de autos se concluye que ninguno de ellos registra antecedentes penales, a que fue devuelta a su dueño la vaca robada y entregada también al propietario la carne de la becerra y el cuero del mismo animal también robado, a que los acusados son campesinos, analfabetos unos de ellos y que otro medianamente sabe leer, cabe considerar como mínima su temibilidad o muy cercana a este límite.
Precedentes
Amparo directo 7984/59. Filemón Olguín Rivera y coagraviados. 26 de febrero de 1960. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.