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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262030
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Segunda Parte; Pág. 76
PIEDAD SOCIAL, DELITO CONTRA LA (LEGISLACIONES DEL DISTRITO FEDERAL Y DE CHIAPAS).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Segunda Parte; Pág. 76
El delito contra la piedad social que tipifica el artículo 225 del Código Penal de Chiapas, que es correlativo del artículo 236 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales, tiene como sujetos pasivos a cualquiera de los cónyuges o hijos legítimos o naturales, y la acción antijurídica se caracteriza por el incumplimiento de los deberes familiares de asistencia, y el desamparo económico y la situación aflictiva en que se deja a los ofendidos por no ministrarles recursos para atender a sus necesidades de subsistencia.
Precedentes
Amparo directo 5844/59. Germán Maldonado Hernández. 24 de febrero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.