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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262033
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Segunda Parte; Pág. 78
PRESCRIPCION. HOMICIDIO POR EXCESO EN LA LEGITIMA DEFENSA (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Segunda Parte; Pág. 78
Aun en la hipótesis más favorable al acusado, si el homicidio por exceso en la legítima defensa admite represión como delito de especie culposa (artículos 12, fracción III, 13 y 51 de la ley sustantiva), como esta tiene señalada sanción de tres días a ocho años de prisión, conforme al artículo 120 debe extraerse su término medió aritmético, o sea cuatro años un día y medió, para computar el término de la prescripción.
Precedentes
Amparo directo 5848/59. Melitón Gómez Moya. 10 de febrero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.