Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/262049
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262049
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Segunda Parte; Pág. 95
ROBO DE INDIGENTE Y ESTADO DE NECESIDAD.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXII, Segunda Parte; Pág. 95
No quedó comprobado en autos que los acusados se apoderaran de lo estrictamente indispensable para la satisfacción de sus necesidades personales o familiares del momento, porque hubiera sido bastante la apropiación de la becerra que robaron para llenar esas finalidades; mas el hecho de llevarse además una vaca, revela, sin duda, un grado de inclinación hacia lo ajeno. La conducta de los inculpados no cabe, pues, en la hipótesis del precepto que consagra el llamado robo de famélico o de indigente, ni tampoco encuadra en el artículo que establece, en forma genérica, la excluyente por estado de necesidad, cuya amplitud es obvia (ya que el dispositivo del robo de indigente estatuye una especie del genérico estado necesario). En el estado de necesidad, para salvar bienes mayores, como son indiscutiblemente la salud y la vida, es lícito sacrificar otros de menor entidad, también jurídicamente tutelados, como en el caso los semovientes; pero debe entenderse que los intereses afectados han de ser los racionalmente adecuados para que puedan salvarse los mas valiosos, extremo éste que no se surte en la especie, porque bastaba, según el más elemental sentido común, únicamente el sacrificio de la becerra.
Precedentes
Amparo directo 7984/59. Filemón Olguín Rivera y coagraviados. 26 de febrero de 1960. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.