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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262086
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXX, Segunda Parte; Pág. 10
CONFESION.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXX, Segunda Parte; Pág. 10
La confesión del acusado respecto a que él privó de la vida al ofendido, prueba plenamente su responsabilidad, sin que sea de aceptarse la parte de la declaración que se refiere a que obró en defensa de su persona, o por lo menos en riña, si esta parte está en contradicción con otros elementos de autos.
Precedentes
Amparo directo 6259/59. Fortunato González Martínez. 7 de diciembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.