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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262087
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXX, Segunda Parte; Pág. 11
CULPABILIDAD.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXX, Segunda Parte; Pág. 11
No debe confundirse, de acuerdo con la dogmática del delito, el tipo penal con la culpabilidad, pues bien sabido es que la antijuridicidad de la acción es una característica del delito pero no una característica del tipo. Así pues, una acción por el solo hecho de ser típica no es aun necesariamente antijurídica; esta última propiedad está ausente en los casos en que existe una causa de exclusión del injusto.
Precedentes
Amparo directo 4535/59. Carlos Valles Saldaña. 4 de diciembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.