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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262095
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXX, Segunda Parte; Pág. 17
PIEDAD SOCIAL, DELITO CONTRA LA (LEGISLACIONES DEL DISTRITO FEDERAL Y DE CHIAPAS).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXX, Segunda Parte; Pág. 17
El delito contra la piedad social que describe el artículo 225 de la ley represiva en consulta y que es correlativo del 236 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales, tiene como sujetos pasivos a cualquiera de los cónyuges y a los hijos legítimos o naturales, caracterizándose la acción antijurídica por el incumplimiento de los deberes familiares de asistencia, desamparo económico y situación aflictiva en que se deja a los ofendidos por no ministrarles recursos para atender a sus necesidades de subsistencia.
Precedentes
Amparo directo 2531/59. Sotero Cruz Carpio. 3 de diciembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.