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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262101
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXX, Segunda Parte; Pág. 31
ACUSACION (RIÑA).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXX, Segunda Parte; Pág. 31
Si indebidamente se estimó el delito como cometido en riña, el órgano jurisdiccional de segundo grado no pudo alterar esta situación, ante la inadvertencia del Ministerio Público.
Precedentes
Amparo directo 5648/57. José Miranda Comunidad. 15 de febrero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.