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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
262117
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXX, Segunda Parte; Pág. 73

PREMEDITACION Y ALEVOSIA (LEGISLACION DE PUEBLA).

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXX, Segunda Parte; Pág. 73

Precedentes

Amparo directo 642/55. Miguel Toxtle Tepale. 3 de julio de 1957. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Mercado Alarcón y Carlos Franco Sodi. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 262117