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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262186
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIX, Segunda Parte; Pág. 56
PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIX, Segunda Parte; Pág. 56
El artículo 112 del Código Penal, que establece que si se dejara de actuar la prescripción comenzará de nuevo desde el día siguiente a la última diligencia, se refiere a la fase de la investigación, a las actuaciones del Ministerio Público, pero no al caso en que la acción penal fue ya ejercitada y, como consecuencia, se está tramitando el proceso, es decir, que se encuentra ya el acusado sub júdice.
Precedentes
Amparo directo 6239/59. Bartolo Puga. 27 de noviembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.