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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262211
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIX, Segunda Parte; Pág. 89
VEHICULOS. IMPRUDENCIA GRAVE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIX, Segunda Parte; Pág. 89
Si de las constancias procesales aparece que el acusado manejaba a velocidad superior a la permitida por el Reglamento de Tránsito, de noche, con una llanta completamente lisa y con los frenos en malas condiciones, por lo que no pudo controlar su vehículo al reventarse la llanta gastada, y chocó contra un camión estacionado fuera de la carretera, ocasionando la muerte de una persona, lesiones a sí mismo y daños en propiedad ajena; como tales elementos revelan falta de previsión de lo que era fácilmente previsible y evitable, la imprudencia fue correctamente clasificada como grave.
Precedentes
Amparo directo 5182/59. José Tirado Medina. 25 de noviembre de 1959. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.