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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
262220
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Segunda Parte; Pág. 17

AGRAVIOS EN LA APELACION, FALTA DE.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Segunda Parte; Pág. 17

Precedentes

Amparo directo 2192/59. María Refugio Moreno. 26 de octubre de 1959. Mayoría de tres votos. Disidentes: Carlos Franco Sodi y Agustín Mercado Alarcón. Ponente: Juan José González Bustamante. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca,Volumen XVIII, Segunda Parte, página 163, tesis de rubro "AGRAVIOS EN LA APELACION, FALTA DE.".
Registro digital (IUS): 262220