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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262275
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Segunda Parte; Pág. 107
ROBO Y ABUSO DE CONFIANZA (ENCARGADO DE UNA FINCA).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Segunda Parte; Pág. 107
En tanto que el robo implica apoderamiento injusto con ánimo de apropiación, sin la voluntad del ofendido, en el delito de abuso de confianza la tenencia del objeto en que recae la acción criminosa le ha sido confiada al agente, pero no el dominio del mismo, y si el reo tenía el carácter de encargado de la finca, es inconcuso que tenía la obligación de cuidar ésta y el acervo de bienes que la constituyen, esto es, poner atención y solicitud en la ejecución de las actividades que le habían sido encomendadas, o en otros términos, guardarlas, lo cual ciertamente difiere de la connotación que gramaticalmente corresponde al término tenencia que implica la posesión actual por habérsela transferido el dueño, aunque no el dominio de la misma. Es cierto que uno y otro ilícitos tienen notas comunes, como lo son la relativa a que reportan daño patrimonial para el pasivo de la infracción, pero al mismo tiempo tienen notas diferenciales ya que, como se dijo, en el robo el apoderamiento se realiza en ausencia del consentimiento del dueño, en tanto que en el abuso de confianza opera la voluntad al transferir el agente la tenencia de la cosa en que recae la acción del abusario, y la sentencia reclamada encuadró correctamente la conducta del reo como constitutiva del delito de robo.
Precedentes
Amparo directo 6679/58. Esteban Cruz Escobar y coagraviado. 23 de octubre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.