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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262277
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Segunda Parte; Pág. 109
TESTIGOS, APRECIACION DEL SUS DECLARACIONES.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVIII, Segunda Parte; Pág. 109
Si las declaraciones de los testigos de cargo discrepan en algunos puntos sobre la forma en que ocurrieron los acontecimientos, ello no implica contradicción, pues es sabido que un mismo hecho puede ser captado por varias personas y que al deponer sobre él, cada una de ellas narra lo que vió, es decir, lo que no pasó desapercibido para sus sentidos, de tal manera que un testimonio puede ser fraccionario con relación al hecho total, pero de ahí no se infiere, necesariamente, que el testigo mienta. Y si los testigos declararan en forma coincidente en lo esencial, aunque en ocasiones unos omitan lo que a otros les consta, ello no invalida, de ninguna manera, el valor que legalmente corresponde a los referidos testimonios.
Precedentes
Amparo directo 3342/59. José Rascón Gandarilla y coagraviado. 19 de octubre de 1959. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.