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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262317
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Segunda Parte; Pág. 57
HONOR MILITAR, DELITO CONTRA EL.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Segunda Parte; Pág. 57
Es bastante para la integración del delito y la demostración plena de la culpabilidad del reo, el memorial de sus servicios, que contiene la mención de cinco arrestos impuestos al procesado en un año, documento con fuerza probatoria plena, de conformidad con las disposiciones castrenses. Y por otra parte, debe decirse que la ley no subordina la validez de los arrestos a la firma que en ellos estampe el que debe sufrirlos.
Precedentes
Amparo directo 2219/59. Jesús Gasca Becerra. 7 de septiembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.