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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262321
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Segunda Parte; Pág. 59
IMPRUDENCIA, GRAVEDAD DE LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Segunda Parte; Pág. 59
La imprudencia fue grave si el daño era fácilmente previsible y evitable, bastando para ello una reflexión ordinaria.
Precedentes
Amparo directo 1931/59. José García Delgado. 3 de septiembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.