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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262327
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Segunda Parte; Pág. 65
LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Segunda Parte; Pág. 65
La circunstancia modificativa de riña es jurídicamente incompatible con la causa de justificación de legítima defensa, pues en tanto que en aquella se prevé la agresión al aceptar el reto, aunque no sea mas que en un convenio rápido y rudimentario, en que los adversarios recurren a la violencia para dirimir sus diferencias, en la legítima defensa, la objetividad de la violencia, por parte de quien se defiende, no es agresión, sino rechazo.
Precedentes
Amparo directo 7117/58. Antonio Cuéllar Perales. 9 de septiembre de 1959. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.