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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262350
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Segunda Parte; Pág. 85
RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA (RIÑA TUMULTUARIA).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Segunda Parte; Pág. 85
La pena atenuada del llamado homicidio tumultuario, cometido con responsabilidad correspectiva, sólo es aplicable cuando se trata de una contienda de obra, pero nunca para el homicidio o las lesiones con calificativas agravadoras de la penalidad, porque no se justificaría que a quienes se unen para realizar aquéllos ilícitos, con menores riesgos que si actuaran individualmente, se les beneficiase con una sanción incomparablemente menor y que, además, del texto mismo de la ley se concluye que sólo tiene operancia para el ilícito perpetrado con la modalidad de la riña.
Precedentes
Amparo directo 3685/59. José Gonzalo Chan Rosado y coagraviados. 7 de septiembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.