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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262363
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Segunda Parte; Pág. 99
VEHICULOS. IMPRUDENCIA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Segunda Parte; Pág. 99
Se encuadra el comportamiento del reo como constitutivo de los delitos de homicidio, lesiones y daño en propiedad ajena por imprudencia, si está irrefragablemente demostrado que trató de rebasar a un vehículo que se encontraba estacionado en la carretera en el preciso momento en que se desplazaba otro, invadiendo la cinta asfáltica en la parte que correspondía al que transitaba en sentido contrario; pues con sólo que hubiera hecho alto en la marcha, atrás del camión que se encontraba estacionado al lado derecho de la carretera, esperando a que pasara el otro vehículo, hubiera bastado para conjurar el percance y evitar así el daño que resultó.
Precedentes
Amparo directo 4134/58. Domingo Cuevas González. 10 de septiembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.