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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262379
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Segunda Parte; Pág. 28
APELACION. FACULTADES DEL TRIBUNAL DE ALZADA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Segunda Parte; Pág. 28
El tribunal de alzada tiene facultad para sustituirse en el de primer grado, cuando se impugne la sentencia por inexacta aplicación de la ley o incorrecto uso del arbitrio judicial.
Precedentes
Amparo directo 3529/59. Carlos Mario Ojeda Sanlucar. 12 de agosto de 1959. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.