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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262403
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Segunda Parte; Pág. 56
FIANZA PARA LA CONDENA CONDICIONAL. DELITOS CONTRA LA SALUD.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Segunda Parte; Pág. 56
Tratándose de delitos contra la salud, doctrinariamente conceptuados como de peligro, no existe daño económico que deba repararse, y para la fijación de la fianza debe atenderse a las condiciones pecuniarias del beneficiario.
Precedentes
Amparo directo 2676/59. Arturo Mendoza López. 27 de agosto de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.