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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262412
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Segunda Parte; Pág. 80
HOMICIDIO CALIFICADO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Segunda Parte; Pág. 80
El ataque que culminó en la lesión del ofendido, quien luego falleció, tiene todas las características del homicidio calificado si, en primer lugar, los atacantes eran cuatro personas; en segundo lugar, porque tres de ellos se hallaban armados en tanto que el ofendido era uno y se hallaba inerme y, por último, porque si bien es cierto, de acuerdo con la declaración del ofendido, que los atacantes le hablaron profiriendo una expresión insultante, también lo es que concomitantemente realizaron los disparos que determinaron su muerte, anulando toda posibilidad de defensa.
Precedentes
Amparo directo 1959/58. Gildardo López López. 3 de agosto de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.