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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262423
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Segunda Parte; Pág. 99
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Segunda Parte; Pág. 99
Si el ofendido se apoderó de la bicicleta del acusado y trató de llevársela, y como no obedeciera al propietario del vehículo y a sus amigos que le ordenaban que se detuviera, el primero fue en su seguimiento, lo alcanzó, le recogió el vehículo y le dio una puñalada, evidentemente que la excluyente no se configura, tanto por la ausencia de agresión por parte del ofendido, cuanto porque tampoco hubo necesidad racional del medio empleado para recuperar el vehículo.
Precedentes
Amparo directo 1615/59. J. Refugio Arguiñaga García. 28 de agosto de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.