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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262428
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Segunda Parte; Pág. 106
OFENDIDO, VALOR DE SU DICHO. DELITOS SEXUALES.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Segunda Parte; Pág. 106
Tiene importancia el dicho de la ofendida en la comprobación de la existencia de ciertos delitos sexuales que por su misma índole no permiten el empleo de la prueba directa.
Precedentes
Amparo directo 144/59. Fernando López Méndez y coagraviados. 21 de agosto de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.