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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262444
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Segunda Parte; Pág. 119
QUERELLA. FERROCARRILES NACIONALES DE MEXICO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Segunda Parte; Pág. 119
Siendo la empresa de los Ferrocarriles Nacionales de México una institución descentralizada, su patrimonio forma parte del patrimonio de la Nación y por ello el Estado, que la representa, está interesado en que no se menoscabe. En consecuencia, para la formulación de la querella no se necesita el empleo de formalidades para tenerla por satisfecha, y es suficiente la manifestación de voluntad expresada por alguno de sus representantes, para que dicho requisito quede cubierto.
Precedentes
Amparo directo 3180/59. Mauro Loera Frías. 27 de agosto de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 465, esta tesis aparece bajo el rubro "QUERELLA. FERROCARRILES NACIONALES DE MEXICO.".