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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262451
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Segunda Parte; Pág. 123
REPARACION DEL DAÑO. CAPACIDAD ECONOMICA DEL REO (DAÑO EN PROPIEDAD AJENA, LESIONES Y HOMICIDIO, POR IMPRUDENCIA).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Segunda Parte; Pág. 123
La cantidad de cinco mil pesos señalada para reparación del daño, en la sentencia que constituye el acto reclamado, resulta excesiva en orden a la capacidad económica del quejoso para cubrirla, si de los datos que obran en la causa se desprende que su salario diario es de solo diez pesos y centavos, cantidad inferior al salario mínimo, lo que evidentemente está en notoria desproporción con la cantidad que se señala en la sentencia impugnada.
Precedentes
Amparo directo 2461/59. Catarino Miramontes Montoya. 18 de agosto de 1959. Cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.