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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262458
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Segunda Parte; Pág. 128
REPARACION DEL DAÑO (HOMICIDIO).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Segunda Parte; Pág. 128
No es verdad que para la cuantificación de la pena se deba atender solamente a la gravedad de la culpa, sino que ésta debe relacionarse con el daño causado.
Precedentes
Amparo directo 3529/59. Carlos Mario Ojeda Sanlucar. 12 de agosto de 1959. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.