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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262479
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Segunda Parte; Pág. 11
AMPARO. DESIGNACION DELICTUOSA DE LA AUTORIDAD EJECUTORA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Segunda Parte; Pág. 11
El solo hecho de haber señalado a ciertas autoridades locales como ejecutoras, para dar competencia a los Jueces de Distrito ante los cuales el reo promovió sus demandas de amparo, por sí mismo, hace operar la presunción legal establecida en el artículo 9 del Código Penal Federal.
Precedentes
Amparo directo 1100/59. Gustavo Rocha Velázquez de León. 16 de julio de 1959. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.