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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262550
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Segunda Parte; Pág. 85
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Segunda Parte; Pág. 85
Si el tribunal de alzada simplemente menciona por su número los artículos 51 y 52 del Código Penal, y el Juez de la causa alude a sus pormenores, pero haciendo simple paráfrasis de ellos, tales actuaciones no implican una adecuada individualización de la pena, por falta de razonamiento.
Precedentes
Amparo directo 1769/59. Policarpo Muñoz Medina. 10 de julio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.