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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262557
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Segunda Parte; Pág. 87
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA. ACUMULACION.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Segunda Parte; Pág. 87
Si tanto el cuerpo de los delitos, como la responsabilidad criminal de la acusada, quedaron legalmente comprobados, pero las sanciones se aplicaron globalmente, procede conceder el amparo para el único efecto de que la responsable dicte nuevo fallo en el que individualice las sanciones adecuadas a cada delito.
Precedentes
Amparo directo 5219/58. Tomasa Hernández González o Elvira González Guerra. 13 de julio de 1959. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Mercado Alarcón y Carlos Franco Sodi. Ponente: Luis Chico Goerne.