Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/262569
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
262569
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Segunda Parte; Pág. 100

RIÑA.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Segunda Parte; Pág. 100

Precedentes

Amparo directo 2096/59. Erasmo Herrera Vázquez. 13 de julio de 1959. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Agustín Mercado Alarcón. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen VI, Segunda Parte, página 253, tesis de rubro "RIÑA.".
Registro digital (IUS): 262569