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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262574
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Segunda Parte; Pág. 102
ROBO DE INFANTE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXV, Segunda Parte; Pág. 102
Se realiza la infracción de robo de infante, desde el momento en que el agente activo se apodera de un menor de doce años de edad, sea contra su voluntad o con su anuencia, dada la corta edad señalada por la ley al sujeto pasivo, de la que se infiere incompleto desarrollo psíquico y físico, que le impide oponer resistencia eficaz a las pretensiones del autor, al extraerlo de la esfera de acción familiar o de quien ejerce la patria potestad, para hacerlo ingresar a una controlada por él.
Precedentes
Amparo directo 1014/59. Angel Zárate Zárate. 2 de julio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.