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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262613
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 43
CHEQUES SIN FONDOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 43
Se configuró el delito previsto en el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito si el acusado expidió el cheque y el título de referencia se presentó dentro del plazo señalado por la ley a la institución librada, la que no lo cubrió por insuficiencia de fondos del librador, y no se logró comprobar que ese cheque hubiera sido expedido en garantía.
Precedentes
Amparo directo 1443/59. Armando Aguilar Joachín. 24 de junio de 1959. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.