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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262651
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 73
IMPRUDENCIA. EXCESO DE VELOCIDAD.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 73
No es exacto que para establecer si una persona maneja un vehículo a excesiva velocidad, se necesiten conocimientos especiales y que, por ende, sea necesario recurrir a la intervención de peritos, porque la apreciación de esta circunstancia está al alcance del común de las gentes.
Precedentes
Amparo directo 1934/59. Antonio Jacobo Ramírez. 29 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Quinta Epoca:
Tomo LII, Parte, página 989.