Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/262655
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262655
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 75
INVASION DE TIERRAS Y DESOBEDIENCIA A UN MANDATO LEGITIMO DE AUTORIDAD.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 75
Los acusados, miembros de un comisariado ejidal, son responsables del delito de desobediencia a un mandato de autoridad legítima y del previsto por el artículo 353, fracción III, del Código Agrario, sin que pueda estimarse que en la especie opere la excluyente de responsabilidad hecha valer, o sea el haber ejecutado los actos que se les atribuye en cumplimiento de un deber, excluyente a que se refiere el artículo 15, fracción V, del Código Penal, en atención a que, por una parte, invadieron las tierras y permitieron invadirlas a sus compañeros con anterioridad a la orden de suspensión de la resolución presidencial desacatada y, por la otra, esa orden la dio una autoridad inferior que no podía revocar ni suspender una resolución del presidente de la República.
Precedentes
Amparo directo 5198/55. Fidel López Sánchez y coagraviado. 15 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.