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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262657
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 77
LEGITIMA DEFENSA DE UN TERCERO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 77
Si en el supuesto de que el sujeto pasivo hubiera llegado a sacar arma, es indubitable que lo hizo para defenderse de la agresión de que era objeto por parte del hermano del reo, éste no pudo obrar en defensa de su integridad física o de la de su hermano, al lesionar a aquél.
Precedentes
Amparo directo 5278/58. Manuel Reyes Martínez. 12 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.