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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262659
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 78
LENOCINIO
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 78
Si el acusado y quejoso declaró que vive con la ofendida, ocupando un cuarto rentado por ella, y que ella trabaja como prostituta y el dinero que gana se lo da, se pone de manifiesto que su responsabilidad en el delito de lenocinio está plenamente comprobada con su propia confesión.
Precedentes
Amparo directo 1502/59. Roque Arteaga Haro. 15 de junio de 1959. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.