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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262664
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 80
OFENDIDO, VALOR DE SU DICHO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 80
El dicho del ofendido no puede estimarse como interesado por el simple hecho de tener aquel carácter, y es apto para considerarse como un indicio.
Precedentes
Amparo directo 1839/59. Clemente Alcocer Escobedo. 22 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.