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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262692
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 107
RIÑA. REPARACION DEL DAÑO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 107
El hecho de que en una ejecutoria de amparo se haya estimado que el homicidio no fue simple, sino cometido en riña, y de que el autor haya sido el provocado, no trae como consecuencia que el daño causado sea menor, ni por consiguiente, que se rebaje a su autor el monto de la reparación señalada.
Precedentes
Queja 9/59. Francisco Márquez Catarino. 16 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.