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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 262741
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 236
HOMICIDIO CALIFICADO (LEGISLACION DE PUEBLA).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XXIV, Segunda Parte; Pág. 236
Se trata de un caso típico de homicidio calificado, en el que concurren las calificativas de premeditación y alevosía, a que se refieren los artículos 303 y 306 del Código de Defensa Social del Estado de Puebla, porque el sentenciado, en unión de otros individuos y para vengar viejos agravios, según lo expresa en su preparatoria, convinieron la comisión de los delitos, planeando la manera de llevarlos a cabo y ponerse a salvo después, preparando un automóvil que los llevó hasta el sitio conveniente, donde se apostaron para dispara a la víctima.
Precedentes
Amparo directo 728/55. Miguel Teutli Macuitl. 3 de julio de 1957. Mayoría de tres votos. Disidentes: Carlos Franco Sodi y Agustín Mercado Alarcón. Ponente: Carlos Franco Sodi.